Este resumen entrega una visión general de las actualizaciones más importantes que se consideran en la Enmienda 41-22 del Código IMDG, el que puede usar de manera opcional a partir del 1 de enero de 2023.
Existe un período de transición de 1 año a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2023 durante el cual se puede utilizar junto con la enmienda vigente.
Estas notas brindan una breve descripción general de los cambios que se están introduciendo y no deben considerarse como una lista total y completa. Se debe hacer referencia al texto de la Enmienda 41-22 para obtener los detalles de todas las enmiendas y disposiciones aplicables.
- Repetimos, no se trata de un conjunto de cambios demasiado oneroso sin titulares importantes.
- Completamente armonizado con el Reglamento Modelo, 22ª edición, actualizada
- Capítulo 1.2: Definiciones: hay muchos cambios en las entradas existentes y se agregan definiciones nuevas: Reglamento del OIEA, recipiente interior, carcasa del recipiente a presión y equipo de servicio
- Parte 2: Clasificación: en los capítulos 2.4 y 2.5 se incorporan nuevos nombres técnicos para una (1) sustancia autorreactiva y tres (3) peróxidos orgánicos.
- Parte 3: La Lista: hay una nueva entrada, N° ONU 3550 POLVO DE DIHIDRÓXIDO DE COBALTO DE LA ONU, que contiene no menos del 10 % de partículas respirables, clase 6.1.
Los números existentes, N° ONU 1169 EXTRACTOS AROMÁTICOS LÍQUIDOS y N° ONU 1197 EXTRACTOS AROMATIZANTES LÍQUIDOS se fusionan, convirtiéndose en ONU 1197 EXTRACTOS LÍQUIDOS, para sabor o aroma.
El N° ONU 1891 BROMURO DE ETILO cambia de clase 6.1 a clase 3, peligro secundario 6.1 y como consecuencia también cambian los valores de Cantidades Limitadas, Cantidades Exceptuadas y Fichas de Emergencia.
N° ONU 3527 (GE/E II y GE/E III), KIT DE RESINA DE POLIÉSTER, material base sólido, se reemplaza el actual “E0” por “Ver SP340”
Se elimina la diferencia entre ácidos fuertes y débiles. Todas las entradas con ácido fuerte SGG1a cambian a ácido SGG1. N° ONU 1439 DICROMATO DE AMONIO, SG75 Estiba “separado de” SGG1a – ácidos fuertes, se reemplaza por SG35 Estiba “separado de” los ácidos.
- Capítulo 3.3: Disposiciones especiales: Se agregan nuevas entradas, SP396 para N° ONU 3538, ARTÍCULOS QUE CONTIENEN GAS NO INFLAMABLE, NO TÓXICO, N.E.P., SP397 para N° ONU 1003, AIRE COMPRIMIDO y SP398 para N° ONU 1012 BUTILENO. Hay cambios menores en la redacción de las disposiciones especiales 188 y 225.
- Capítulo 4.1: Instrucciones de embalaje/envase – Hay varias notas añadidas a diversas instrucciones de embalaje/envase para implementar la nueva frase añadida a 4.1.3.3 que aclara que cuando se utilizan artículos que no sean bultos en envases ONU, no están sujetos al límite habitual de 400 kg.
P200 tiene nuevas disposiciones para mezclas de flúor y gases inertes. Los valores de LC50 se actualizan en la tabla 2 para los Nos ONU 1008, 2196 y 2198, y para los dos últimos esto aumenta los tipos de recipientes a presión que se pueden utilizar.
P621 parte (1) ahora permite bidones de cabeza no removibles y cajas.
IBC07 adiciona un nuevo embalaje/envase especial “B40” que permite el uso de RIG flexibles (13H3 y 13H4) para el nuevo N° ONU 3550
- Parte 5: Remesa: se elimina el requisito de mostrar el número de teléfono en la marca de las baterías de litio, con un período de transición hasta finales de 2026.
Las sustancias “fundidas” ahora deben identificarse como parte de la información que complementa el Nombre de Expedición en la descripción de las mercancías peligrosas.
Hay un nuevo requisito genérico para garantizar que en todos los casos en que una disposición especial requiera información adicional, esto se debe indicar en el documento de transporte.
- Parte 6: Construcción y ensayo de embalajes/envases: hay numerosos cambios en la Parte 6 con respecto al diseño, construcción y ensayo de embalajes/envases, RIGs, cisternas, etc. Estos cambios son principalmente para aclarar el significado de los requisitos y la terminología. Los cambios son extensos en el capítulo 6.2 y se agrega un nuevo capítulo 6.10 que cubre el diseño, la construcción, la inspección y los ensayos de cisternas portátiles con depósitos hechos de materiales plásticos reforzados con fibra (FRP).
- Capítulo 7.2: Segregación: en línea con la eliminación de la distinción entre “Ácidos fuertes” y “Ácidos”, se elimina el código de segregación “SG75”
Este resumen de cambios al Código IMDG, enmienda 41-22 es una cortesía de Exis Technologies, proveedor de Hazcheck Systems para el cumplimiento en la gestión de mercancías peligrosas en el transporte marítimo y cursos de aprendizaje electrónico para la industria del transporte. Exis ha sido parte del Grupo NCB desde 2018 y juntos tienen como misión sin fines de lucro la Seguridad de la vida y la carga en el mar.
El Código IMDG es producido por la Organización Marítima Internacional.
IMPORTANTE:
Esta es solo una breve guía de los cambios. Consulte el IMDG para obtener una lista completa de todos los cambios en esta enmienda.
Exis Technologies no acepta ninguna responsabilidad por errores u omisiones.
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